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Campañas

Campaña cadeiras eléctricas

Las entidades que conformamos la Federación ASPACE GALICIA (ASPACE CoruñaAPAMPAmencer ASPACE y ASPACE LUGO) reivindicamos que se modifiquen las limitaciones actuales para la prescripción de sillas eléctricas a personas con parálisis cerebral sin capacidad para su manejo autónomo.

Según la Orden SCB/45/2019, de 22 de enero, por la que se modifica el anexo VI del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización (normativa estatal que regula el procedimiento de inclusión, alteración y exclusión de la oferta de productos ortoprotésicos) determina los siguientes criterios para la prescripción de sillas eléctricas:

“Sillas de ruedas de propulsión eléctrica y dirección eléctrica para personas con limitaciones funcionales graves del aparato locomotor por enfermedad, malformación o accidente que cumplan todos y cada uno de los requisitos siguientes:

  • Incapacidad permanente para la marcha independiente.
  • Incapacidad funcional permanente para la propulsión de sillas de ruedas manuales con las extremidades superiores.
  • Suficiente capacidad visual, mental y de control que les permita el manejo de sillas de ruedas eléctricas y ello no suponga un riesgo añadido para su integridad y la de otras personas.”

El último criterio de los descritos anteriormente limita el acceso de las personas con parálisis cerebral sin capacidad para el manejo de las sillas eléctricas.

La silla de ruedas eléctrica es una herramienta que facilita la vida de la persona con parálisis cerebral permitiendo sus desplazamientos, su autonomía y el acceso a los recursos de la comunidad. Pero también, facilita la vida de sus familiares y cuidadores. En muchos casos estos se van haciendo mayores y no contar con la silla eléctrica, que puedan manejar ellos, hace difícil o imposible que la persona con parálisis cerebral pueda realizar una vida plena y acceder a los diferentes recursos de la comunidad, impidiéndoles en muchos casos que puedan salir de casa con regularidad.

Por todo lo expuesto anteriormente desde ASPACE GALICIA y sus entidades miembro, reivindicamos la modificación del criterio que limita la prescripción de las sillas eléctricas a personas con parálisis cerebral sin capacidad para manejarla de forma autónoma, por considerarlo un criterio discriminatorio.

Para abordar este cambio, en la norma que regula el catálogo de prestaciones ortoprotésicas,  llevamos a cabo las siguientes acciones de incidencia y reivindicación:

  • Desde 2018 trasladamos esta cuestión a los responsables de la Consellería de Sanidadede la Xunta de Galicia en 4 reuniones, para que lo trasladaran en el Consejo Interterritorial del Servicio Nacional de Salud.
  • Estamos en contacto con la oficina del Valedor do Pobo de Galiciacon respecto a esta cuestión. Con fecha 28 de julio de 2022 la Valedora do Pobo de Galicia emite una recomendación a la Consellería de Sanidade de la Xunta de Galicia con el siguiente contenido: “Que se defina a posición da consellería nos órganos de coordinación interterritorial no relativo ao obxecto da queixa; que se avalíen os argumentos postos de relevo para definir esa posición, de tal forma que a consellería promova que a prescrición das cadeiras de rodas eléctricas se dea tamén no caso de manexo precisado por persoas coidadoras; e que na promoción dese criterio se teña en conta que o recollido na actual norma pode ser causa de discriminación económica ou social e por razón de xénero. En esta recomendación se recogen las aportaciones de la Federación ASPACE GALICIA.

Presentamos una iniciativa a Confederación ASPACE, para iniciar una campaña de incidencia y reivindicación a nivel estatal que se está diseñando en la actualidad y que se realizará, de forma coordinada con el resto de federaciones

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